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ICYMI: El senador Murray insta al Departamento de Educación a ampliar el alivio de la deuda para los prestatarios de préstamos estudiantiles

Senador Murray: "Alentamos al Departamento a aplicar políticas que reduzcan las disparidades en la carga de la deuda de los estudiantes, simplifiquen el pago de préstamos, cierren los huecos en los programas de condonación y mejoren la confianza general de los prestatarios en el sistema federal de préstamos para estudiantes". 

(Washington DC) - La senadora estadounidense Patty Murray (D-WA), presidenta del Comité Senatorial de Salud, Educación, Trabajo y Pensiones (HELP), dirigió a 22 de sus colegas del Senado para instar al secretario de Educación Miguel Cardona a ampliar el alivio de la deuda estudiantil en la próxima educación superior del Departamento. reglamentación.

en un carta a la secretaria Cardona, la senadora Murray y sus colegas destacaron la necesidad de políticas que mejoren y amplíen nuestros programas existentes de pago y condonación de préstamos estudiantiles para garantizar que los prestatarios puedan acceder al alivio que se les debe. Específicamente, los senadores instaron a la secretaria Cardona a realizar mejoras clave en el pago basado en ingresos (IDR) y la condonación de préstamos para servicio público (PSLF), así como a garantizar que los prestatarios que han sido estafados y defraudados, que asistieron a una escuela que ha cerrado, o que tienen discapacidades totales y permanentes pueden acceder a la condonación de deudas que se les adeuda.

“Escribimos en apoyo de la agenda regulatoria del Departamento de Educación de EE. UU. Para brindar alivio a los prestatarios de préstamos federales para estudiantes. Como parte del próximo proceso de elaboración de normas negociado, alentamos al Departamento a aplicar políticas que reduzcan las disparidades en la carga de la deuda estudiantil, simplifiquen el pago de préstamos, cierren los huecos en los programas de condonación y mejoren la confianza general de los prestatarios en el sistema federal de préstamos para estudiantes. , " escribieron los miembros.

Los miembros enfatizaron que la Administración debe asegurarse de que el panel del comité de reglamentación refleje las voces e intereses de los prestatarios, y alentaron al Departamento a considerar oportunidades para implementar las reglas temprano para brindar alivio lo más rápido posible.

“Las reglas que rigen los programas de amortización y condonación de prestatarios de préstamos estudiantiles ayudarán a brindar un alivio adicional a los prestatarios con dificultades y cerrarán las brechas en la forma en que estos programas operan actualmente. Estas mejoras regulatorias también ayudarán a fortalecer la confianza de los prestatarios en los esfuerzos del programa federal de préstamos estudiantiles para poner la educación superior al alcance de más estudiantes, en lugar de crear requisitos complejos o onerosos que impidan que los estudiantes accedan o busquen oportunidades educativas ". escribieron los miembros.

La carta completa es AQUÍ y por debajo:

 

1 de julio de 2021

El Honorable Miguel Cardona

Secretaria de educación

Departamento de Educación de EE. UU.

400 Maryland Avenue, suroeste

Washington, DC 20202

 

Identificación de expediente: ED-2021-OPE-0077

 

Estimado secretario Cardona:

Escribimos en apoyo de la agenda regulatoria del Departamento de Educación de los EE. UU. ("Departamento") para brindar alivio a los prestatarios de préstamos estudiantiles federales. Como parte del próximo proceso de elaboración de normas negociado, alentamos al Departamento a aplicar políticas que reduzcan las disparidades en la carga de la deuda estudiantil, simplifiquen el pago de préstamos, cierren los huecos en los programas de condonación y mejoren la confianza general de los prestatarios en el sistema federal de préstamos para estudiantes. .

Mientras reúne al comité de reglamentación negociado, esperamos que se asegure de que el panel refleje una amplia gama de voces e intereses de prestatarios y la diversidad de nuestro sistema de educación superior. Además, esperamos que el Departamento considere oportunidades para implementar estas reglas temprano y aproveche las autoridades legales y regulatorias existentes para proporcionar alivio de la deuda de los estudiantes administrativamente mientras finaliza las nuevas reglas. Ofrecemos las siguientes sugerencias para enfoques generales de las principales áreas temáticas:

1. El Departamento debe simplificar y consolidar los planes de pago basado en ingresos (IDR) y expandir el alivio que brindan a los prestatarios con dificultades.

IDR ofrece a millones de prestatarios de préstamos estudiantiles la capacidad de limitar sus pagos mensuales a no más del 10 por ciento de sus ingresos y reducir la abrumadora carga de la deuda estudiantil. Las expansiones anteriores de estos planes IDR han brindado un alivio muy necesario a los prestatarios, en particular a los prestatarios a quienes se les paga con bajos ingresos. Desafortunadamente, estas expansiones también se sumaron a la complejidad del pago de préstamos estudiantiles. Las secciones 455 y 493C de la Ley de Educación Superior otorgan al Departamento una autoridad clara para establecer los términos de la IDR y consolidar los planes actuales. El Departamento debe utilizar esta autoridad para simplificar los planes IDR poniendo fin a los planes IDR actuales y creando un nuevo plan IDR optimizado que sea fácil de navegar y esté disponible para todos los prestatarios de préstamos estudiantiles federales actuales y futuros.

Alentamos al Departamento a seguir las regulaciones de IDR que continúan garantizando que los pagos mensuales de los prestatarios tengan un tope de no más del 10 por ciento de sus ingresos y por no más de 20 años. Además, el nuevo plan debe proteger una cantidad equivalente al 250 por ciento de la pauta de pobreza aplicable al tamaño de la familia del prestatario para garantizar que los prestatarios con dificultades puedan priorizar sus gastos básicos de vida, como alimentos, vivienda, cuidado infantil y atención médica. Además, el plan debe garantizar que los prestatarios en IDR no acumulen intereses sobre sus préstamos más rápido de lo que pueden reembolsarlos (amortizarlos negativamente) en todos los tipos de préstamos; esto apoyará a los prestatarios a quienes se les paga con bajos ingresos y tienen una cantidad significativa de deuda. Una vez que el nuevo plan IDR optimizado se vuelve más generoso que los planes existentes, los prestatarios pueden y deben ser transferidos a este plan automáticamente para garantizar que reciban los beneficios.

Finalmente, los prestatarios deben tener un proceso fluido para inscribirse en el nuevo plan IDR optimizado basado en la Ley FUTURO, que permite el intercambio directo y seguro de la información de la declaración de impuestos del prestatario con el Departamento. Las reglas también deben proporcionar formas fáciles para que los prestatarios proporcionen documentación de ingresos alternativa si la información de su declaración de impuestos no refleja sus circunstancias actuales. Las reglas deben evitar agregar barreras onerosas para la inscripción en el plan, como los procedimientos de verificación de ingresos que son innecesarios en el contexto del intercambio seguro de información sobre declaraciones de impuestos.

2. El Departamento debe revertir las reglas de la Administración Trump que perjudicaron a los prestatarios de préstamos estudiantiles que habían sido engañados o defraudados por sus escuelas y establecer un estándar único de "defensa del prestatario" para todos los préstamos estudiantiles federales.

La regla de "defensa del prestatario" establecida por la Administración anterior fue un golpe devastador para los estudiantes que fueron engañados en su educación y ahorros por las universidades con fines de lucro depredadoras. Esta política hace que los estudiantes hagan todo lo posible para demostrar que sus universidades les causaron daño y eliminaron casi el 75 por ciento del alivio de la deuda estudiantil que se habría otorgado bajo una versión de 2016 de la regla. La regla también era consistente con la política de la Administración anterior de estancar, limitar o negar implacablemente a los prestatarios cualquier alivio de su deuda y socavar las protecciones para los estudiantes. Esta Administración debe revertir el rumbo y establecer una regla de defensa del prestatario consistente, justa y equitativa que se aplique a todos los prestatarios de préstamos estudiantiles federales actuales, futuros y anteriores. La nueva regla debería reemplazar todas las normas de defensa del prestatario anteriores.

La regla de defensa del prestatario debe disponer la eliminación de la deuda pendiente de préstamos estudiantiles federales y el reembolso de los montos pagados de cualquier estudiante que haya sido víctima de prácticas ilegales, injustas, engañosas o abusivas en la educación superior. Se debe presumir una reparación total, no parcial, para todos los prestatarios sujetos a una tergiversación sustancial. El proceso para que los estudiantes reciban este alivio también debe simplificarse lo más posible. La regla debe establecer que el Departamento priorizará el alivio automático para grupos de estudiantes que estén sujetos a los mismos hallazgos de mala conducta. La regla debe especificar claramente que un prestatario no necesita presentar una solicitud para recibir alivio en el caso de bajas grupales. Los prestatarios no deben estar sujetos a onerosas cargas de prueba o proporcionar documentación cuando el Departamento y las agencias gubernamentales ya pueden proporcionar evidencia de tergiversación. Y, los prestatarios no deben enfrentar ningún estatuto de limitaciones de este alivio, ya que no hay limitación en el pago y la cobranza.

La regla también debería traer de vuelta la medida de 2016 que prohíbe el uso de cualquier acuerdo de arbitraje forzado, o limitaciones a las demandas colectivas, en los acuerdos de inscripción escolar. El arbitraje forzoso somete a los estudiantes a negociaciones unilaterales y evita que los estudiantes obtengan alivio de la deuda directamente de su escuela o que descubran la evidencia que necesitan para respaldar un posible reclamo de defensa del prestatario. La regla también debe reflejar un enfoque de colaboración con los estados para proporcionar a los prestatarios vías adicionales de ayuda. Las reglas deben promover una fuerte colaboración con las agencias estatales que autorizan y los fiscales generales, que tienen el poder y la experiencia para investigar la tergiversación sobre el terreno en sus estados. La regla debe establecer un proceso transparente para que los Estados presenten pruebas o conclusiones de tergiversación, reciban una respuesta oportuna y impugnen o apelen las decisiones del Departamento.

3. El Departamento debe restablecer las cancelaciones automáticas de préstamos de escuelas cerradas.

Demasiados estudiantes que persiguen sus sueños de educación superior se desvían del camino cuando sus instituciones de educación superior cierran abruptamente, a menudo cuando los ejecutivos corporativos y los propietarios de capital privado anteponen las ganancias a los estudiantes. En primer lugar, el Departamento debe restablecer una política para que los prestatarios reciban una condonación automáticamente después del cierre de sus escuelas y sin necesidad de una solicitud. Además, la Sección 437 (c) (3) de la Ley de Educación Superior otorga al Secretario la autoridad para cancelar los préstamos de “una institución en la que el estudiante no pudo completar un curso de estudio” y no menciona transferencias a otras Instituciones. En consecuencia, las regulaciones actuales del Departamento son inconsistentes con el estatuto, y las reglas deben eliminar la limitación de que un estudiante no puede obtener una baja escolar cerrada si luego se transfiere a otra institución.

Eliminar la limitación contra los estudiantes que transfieren créditos y, al mismo tiempo, obtener la condonación de sus préstamos eliminará el único obstáculo para automatizar completamente las descargas. Por lo tanto, el Departamento debe cancelar automáticamente los préstamos de los estudiantes de la institución cerrada no más de 90 días después del cierre de la institución, de manera similar a como ya ocurre el restablecimiento de la elegibilidad para la Beca Pell para los estudiantes que asistieron a escuelas cerradas. A los estudiantes que se transfieran rápidamente a otra institución para continuar su educación después del cierre de la escuela se les debe cancelar el préstamo con mayor rapidez para asegurarse de que puedan permitirse asistir a la nueva institución.

Para los estudiantes que abandonan sus escuelas cuando comienzan a aparecer señales de advertencia, pero antes de un cierre repentino, el Secretario está autorizado a extender la ventana de "mirar atrás" en el reglamento que permite a un estudiante obtener un alta si se fue entre 120 y 180 días antes del cierre de la escuela. El Departamento debe hacer que esta ventana sea consistente para todos los prestatarios a los 180 días y, para que la autoridad del Secretario extienda el período retroactivo, requerir que el Departamento tome una determinación afirmativa de si extender dicha ventana en el caso de cualquier (1) suspensión. , acción de emergencia o terminación de la participación de la institución en programas de ayuda financiera estatales o federales; (2) acción adversa por parte de la agencia o asociación de acreditación de la institución; o (3) acción del Estado para revocar la licencia de la institución u otra autoridad para operar.

4. El Departamento debe avanzar rápidamente con la anulación automática de préstamos para prestatarios con discapacidades importantes y expandir la población de prestatarios elegibles.

Más de medio millón de prestatarios a quienes se ha determinado que tienen una discapacidad total y permanente (TPD) ya son elegibles para que se cancelen sus préstamos federales para estudiantes. Sin embargo, exigir a los prestatarios que presenten una solicitud y estén sujetos a un "período de seguimiento" de las ganancias potenciales, ha creado barreras innecesarias y dañinas para que estos prestatarios obtengan el alivio que merecen. La Sección 437 (a) de la Ley de Educación Superior, que autoriza las descargas de TPD, no requiere un período de monitoreo y el Departamento debe eliminarlo. En cambio, el Departamento debe simplificar los procedimientos con el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) de los EE. UU. O la Administración del Seguro Social (SSA) para abordar las bajas indebidas, ya que dichas agencias están mucho mejor equipadas para administrar la relación entre los beneficiarios y sus médicos. Las reglas del Departamento deben cancelar automáticamente los préstamos para los prestatarios no más de 90 días después de recibir una determinación de TPD archivada en VA o SSA.

Los prestatarios también son elegibles para recibir ayuda si "no pueden participar en ninguna actividad lucrativa sustancial debido a algún impedimento físico o mental médicamente determinable". Hasta la fecha, el Departamento no ha regulado la definición de actividad sustancial y lucrativa y nunca ha interpretado que esta disposición incluya un alivio adicional que no sea para los prestatarios que están total y permanentemente discapacitados. Sin embargo, muchos prestatarios tienen discapacidades graves que no los incapacitan total y permanentemente, pero que aún les impiden participar en una actividad sustancial y lucrativa, particularmente con la carga adicional de su deuda estudiantil. Los veteranos con deudas estudiantiles que tienen una discapacidad a menudo pueden tener dificultades significativas para participar en una actividad sustancial y lucrativa. VA tiene datos extensos sobre las discapacidades de los veteranos, incluidas las calificaciones de discapacidad y la participación en varios programas de VA para aquellos que luchan por participar en una actividad sustancial y lucrativa. Por lo tanto, el Departamento debe expandir su proceso de comparación de datos con VA para incluir a los veteranos con préstamos federales para estudiantes que tengan tales discapacidades y cancelar estos préstamos automáticamente.

El Departamento también debe buscar nuevas coincidencias de datos con la SSA que incorporen cualquier información que pueda estar en el archivo relacionada con determinaciones médicas que puedan impedir la capacidad del prestatario para participar en una actividad sustancial y lucrativa. El Departamento debe considerar a los prestatarios que cumplen con el estándar de discapacidad del Seguro Social durante cinco años, las personas que tienen una fecha de inicio de la discapacidad hace al menos cinco años, los beneficiarios en la lista de asignación por compasión, todos los beneficiarios que actualmente reciben beneficios de jubilación que recibían beneficios por discapacidad cuando pasaron a los beneficios de jubilación, los beneficiarios mayores por discapacidad a quienes no se volverá a revisar su estado de discapacidad, y ciertos beneficiarios que trabajan, como aquellos en un plan para lograr la autosuficiencia, no podrán participar en ninguna actividad lucrativa sustancial y también serán elegibles para recibir una liquidación de sus préstamos.

Finalmente, las reglas también deben formalizar el requisito de mantener los acuerdos apropiados de intercambio de datos con VA y SSA, e incluir un proceso para que el Departamento resuelva los desajustes de datos que puedan surgir de errores menores o discrepancias en los datos con cualquiera de las agencias.

5. El Departamento debe cerrar los huecos y mejorar la elegibilidad para la condonación de préstamos de servicio público y la condonación de préstamos de servicio público ampliada temporal.

Las reglas del Departamento para la Condonación de Préstamos por Servicio Público (PSLF) y la Condonación de Préstamos por Servicio Público Ampliado Temporalmente (TEPSLF) deben codificar las mejoras recientes en consideración de pagos y pagos y el proceso de solicitud y certificación del empleador. Las reglas deben asegurar que la suma global y los pagos por adelantado de los prestatarios continúen contando como pagos calificados si el prestatario está empleado en el servicio público y deben eliminar la limitación actual que bloquea dichos pagos para calificar por más de un año. Los reglamentos también deberían exigir que el Secretario continúe manteniendo la Herramienta de ayuda del PSLF y el formulario de perdón y certificación de empleo único y simplificado. Esto evitará que una administración futura degrade estas mejoras del proceso.

Las reglas del PSLF deben cerrar los huecos que existen en el programa actual. Los prestatarios que consolidan sus préstamos no deben ser penalizados con el reinicio de su recuento de pagos en el momento de la consolidación. Esta política injusta es una fuente importante de confusión y una barrera de alivio para muchos prestatarios. Los períodos en los que el prestatario estuvo en aplazamiento por dificultades económicas o aplazamiento del servicio militar también deben contar para el perdón.

Las reglas del PSLF deben garantizar que los prestatarios que trabajan para varios empleadores aún puedan obtener alivio si sus horas totales alcanzan las 30 horas o más por semana. La regla debería eliminar la disposición que permite a los empleadores establecer una definición más alta de tiempo completo. Las reglas deben especificar más qué sucede con los prestatarios que tienen problemas con su certificación de empleo, como un empleador que se niega a firmar documentos para el prestatario o que ha cerrado desde entonces. Los prestatarios que han sido aprobados para pagos calificados nunca deben tener esos recuentos de pagos rescindidos por el Departamento si la aprobación se debió a un error por parte del Departamento o de un administrador de préstamos estudiantiles. Y, los prestatarios a quienes el Departamento ha negado pagos o condonaciones deben tener acceso a un proceso de apelación que está claramente definido en las regulaciones para impugnar tales decisiones.

Finalmente, el Departamento debe establecer un proceso de comparación de datos para todos los empleados federales y miembros del servicio que se conecte a las bases de datos respectivas con la Oficina de Administración de Personal y el Departamento de Defensa de EE. UU. Para identificar y acreditar automáticamente los períodos que califican para el PSLF y codificar este proceso en el reglas.

Los objetivos anteriores de las reglas que rigen los programas de amortización y condonación de prestatarios de préstamos estudiantiles ayudarán a brindar un alivio adicional a los prestatarios con dificultades y cerrarán las brechas en la forma en que estos programas operan actualmente. Estas mejoras regulatorias también ayudarán a fortalecer la confianza de los prestatarios en los esfuerzos del programa federal de préstamos estudiantiles para poner la educación superior al alcance de más estudiantes, en lugar de crear requisitos complejos o onerosos que impidan que los estudiantes accedan o busquen oportunidades educativas. Gracias por su atención a nuestras solicitudes. 

Atentamente, 

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